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Cumbre D&A Bienes Raíces

Guía para arrendar vivienda

Contrato, reajustes, depósitos, estudio del arriendo y derechos del arrendatario según la Ley 820 de 2003.

Antes de firmar

  • Calcula un canon que no pase del 30 % de tus ingresos: usa la calculadora ¿Cuánto arriendo puedo pagar?.
  • Pregunta si la administración está incluida en el canon y qué servicios están a tu cargo.
  • Prepara el estudio: certificados de ingresos, extractos y referencias. Muchas inmobiliarias usan una póliza de arrendamiento; otras piden codeudores.

Lo que dice la ley (vivienda urbana)

La Ley 820 de 2003 regula el arriendo de vivienda urbana. Lo más importante:

  • Reajuste anual: cada 12 meses el canon puede subir como máximo la variación del IPC del año anterior (artículo 20).
  • Tope del canon: el canon mensual no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble (artículo 18).
  • Sin depósitos: no se pueden exigir depósitos en dinero ni otras cauciones reales para garantizar el contrato (artículo 16).
  • Duración: si el contrato no la dice, se entiende por un año, y se prorroga si ninguna de las partes avisa lo contrario.

Durante el contrato

  • Paga el canon a tiempo y guarda los comprobantes.
  • Las reparaciones locativas (el desgaste por el uso normal) suelen estar a cargo del arrendatario; los daños estructurales, del arrendador.
  • Recibe y entrega el inmueble con inventario y fotos.

Terminar el contrato

Si quieres terminarlo antes del plazo, la ley exige un preaviso escrito de al menos tres meses y puede haber una indemnización. Revisa lo que dice tu contrato y, si tienes dudas, consulta a un abogado.

Información general actualizada a octubre de 2026. No reemplaza la asesoría legal, tributaria o financiera; las normas y tarifas pueden cambiar.